Desde este lunes ya es obligatorio una PCR negativa para entrar a España por avión o barco

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España empezará a exigir desde este lunes PCR negativa a los pasajeros que entren al país por vía aérea o marítima procedentes de países de riesgo por coronavirus y tendrá que ser realizada 72 horas antes de su llegada a nuestro país.

Fue el pasado 12 de noviembre cuando el Boletín Oficial del Estado publicó la relación de países y zonas de riesgo cuyos pasajeros en origen necesitarán esta prueba diagnóstica, 65 en total: 28 de la UE y 37, de terceros países.

Así, según el listado publicado por el BOE, son Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca (excepto las Islas Faroe y Greenland), Eslovenia, Estonia, Francia, Grecia (excepto las regiones de Kitri, Ionia Nisia, Dytiki Ellada y Sterea Ellada).

También se incluyen Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega (excepto las regiones de Rogaland, Møre og Romsdal, Nordland, Viken, Innlandet, Vestfold og Telemark, Agder, Vestland, Trøndelag y Troms og Finnmark), Países Bajos, Polonia, Portugal (excepto la región autónoma de las Isla Azores), Rumanía, Suecia, Liechtenstein y Eslovaquia.

El 7 de diciembre se actualizará de nuevo el listado que será efectivo el 14 de ese mes, han concretado las fuentes de Sanidad.

Los terceros países considerados de riesgo son los que tienen una incidencia acumulada en los últimos catorce días superior a los 150 casos por cada 100.0000 habitantes, según dijo el ministro de Sanidad, Salvador Illa, cuando anunció en una rueda de prensa que España exigiría PCR negativa a los viajeros que entraran a España por aeropuertos y puertos a partir del 23 de noviembre.

En el listado están: Albania, Andorra, Argentina, Armenia, Aruba, Bahréin, Belice, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Federación Rusa, Georgia, Gibraltar, Guam, Jordania, Kuwait, Líbano, Libia, Macedonia del norte, Marruecos, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Palestina, Panamá, Polinesia Francesa, Puerto Rico, Reino Unido, San Marino, San Martín, Serbia, Suiza, Túnez y Ucrania.

Con esta nueva exigencia, las agencias de viaje, operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros de la necesidad de hacerse la prueba y que ésta sea negativa.

En el caso de que los que no se hayan realizado la PRC -no valen otras diagnósticas como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento- tendrán la posibilidad de hacerse un test de antígenos a su llegada, pero serán sancionados.

Estos test de antígenos para los que no tengan PCR serán realizados por el personal que esté haciendo los controles sanitarios, han asegurado las fuentes.

Además, se seguirán haciendo controles sanitarios que ya se llevan a cabo actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada, como son los controles visuales y de temperatura.

El Formulario de Control Sanitario, que todos los viajeros deben cumplimentar antes de su entrada a España, recogerá una pregunta sobre si se dispone de la PCR; la acreditación de su realización se podrá exigir en cualquier momento, para lo que será necesario aportar el documento original en formato papel o electrónico y redactado en español o inglés.

Cuando el formulario no se haya podido cumplimentar de forma telemática mediante el código QR o a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque, en cuyo caso se deberá adjuntar el documento acreditativo original.

España decidió exigir la prueba diagnóstica PCR cumpliendo la recomendación europea del pasado 13 de octubre.

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