Tres pescadores deportivos, denunciados por capturar 52,800 kilos de merluza en Lanzarote

Fecha de publicación:

Agentes del Destacamento Marítimo de la Guardia Civil de Fuerteventura ha denunciado a tres pescadores deportivos, uno de ellos incluso no llevaba licencia de pesca, al intervenirle el 28 de octubre un total de 52,800 kilogramos de merluza (Merluccius merluccius) en la zona noroeste de Lanzarote, en aguas exteriores, tras una inspección de su barco en alta mar.

La Guardia Civil recuerda que la merluza está incluida en especies sometidas a medidas de protección diferenciada enumeradas en el anexo II del citado Real Decreto, de tal forma que para su pesca se debe disponer de una autorización específica expedida por la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura de la Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a solicitud del titular de la embarcación.

Los topes máximos de captura en la pesca marítima de recreo para la merluza en aguas exteriores es de cinco piezas por licencia y día, con un máximo de 20 piezas por embarcación y día

Así, si se tiene autorización específica, la misma deberá estar a bordo de la embarcación cuando se vaya a realizar la actividad, y tendrá un período de validez de tres años, teniendo que renovarse la misma con una antelación mínima de tres meses respecto a la finalización de su validez, según informó la Guardia Civil en nota de prensa.

Además en estos casos, el titular de la autorización específica deberá cumplimentar una declaración de capturas y suelta que remitirá a la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura en los cinco primeros días de cada mes, incluso cuando no se hayan obtenido capturas.

Los topes máximos de captura en la pesca marítima de recreo para la merluza en aguas exteriores es de cinco piezas por licencia y día, con un máximo de 20 piezas por embarcación y día para el conjunto de atún blanco, patudo y merluza.

En lo que se refiere a este caso, fueron tramitadas cuatro denuncias administrativas, tres por pescar especies sometidas a medidas de protección diferenciada sin tener la correspondiente autorización y una más a uno de ellos por no presentar la correspondiente licencia de pesca.

La Guardia Civil recuerda que dispone de una dirección de correo electrónico (sugerencias@guardiacivil.org), que tiene como finalidad la atención general al ciudadano, sirviendo además de canal para recibir informaciones sobre asuntos que pueden iniciar una investigación.

En cuanto a las sanciones, las graves pueden conllevar multas de 301 a 60.000 euros, en virtud del artículo 102 de la Ley /2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, remitiendo la Guardia Civil las denuncias a la autoridad administrativa competente para el correspondiente expediente sancionador administrativo, la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura (dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación).

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