La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha reforzado sus actividades de supervisión en el sector de los hidrocarburos durante 2024, un año marcado por la intensificación de las tareas de vigilancia ante la creciente complejidad del mercado. A través del análisis de más de 1.500 documentos relacionados con la logística de carburantes, se han identificado prácticas irregulares y operadores que no cumplían con las normativas vigentes. Desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 8/2023, 20 operadores han cesado su actividad, de los cuales 17 han sido inhabilitados por incumplimientos graves.
Las empresas que operan en la logística de hidrocarburos están obligadas a proporcionar información detallada sobre sus actividades, lo que permite a la CNMC garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a infraestructuras clave como oleoductos y terminales de almacenamiento. Recientemente, se ha actualizado en el portal de la CNMC la información relativa a precios, condiciones de acceso, servicios ofrecidos y características técnicas de estas instalaciones, una medida que busca mantener la transparencia en el sector.
La entrada en vigor del Real Decreto-Ley 8/2023 ha introducido cambios significativos en las relaciones comerciales entre los agentes del mercado, dando lugar a un aumento de contratos no convencionales que requieren un mayor grado de supervisión. Entre las modalidades contractuales que han proliferado destacan las cesiones de capacidad, los acuerdos de venta en tanque y las operaciones de compra en tanque.
En el caso de las cesiones de capacidad, los clientes de los almacenistas transfieren su capacidad contratada a terceros, ya sea por falta de actividad o porque el nuevo sujeto se convierte en su suministrador dentro de la terminal. Por su parte, los contratos de venta en tanque permiten al cliente del almacenista transferir su producto a otro operador dentro de las instalaciones de almacenamiento.
La compra en tanque, por su complejidad, ha captado una atención particular de la CNMC. Este tipo de acuerdo implica que un operador utilice la capacidad contratada por un cliente del almacenista para venderle producto en pequeños tramos. Estas operaciones, que suelen incluir acuerdos adicionales entre las partes, exigen un seguimiento detallado para garantizar su ejecución adecuada, especialmente en casos donde los clientes involucrados sean operadores previamente inhabilitados.
En 2024, la CNMC ha alcanzado un récord de análisis documental, procesando 1.539 documentos que incluyen nuevos contratos, actualizaciones de precios, modificaciones, cancelaciones y otros tipos de relaciones contractuales. Este volumen refleja el dinamismo del sector y la necesidad de una supervisión exhaustiva para garantizar la competencia y prevenir el fraude. Las cancelaciones de contratos han sido particularmente significativas, ya que en muchos casos responden a la inhabilitación de operadores mayoristas que han debido cesar sus actividades tras incumplir la normativa.
Los almacenistas y operadores logísticos se han consolidado como actores clave para la CNMC en su labor de supervisión. La información que proporcionan no solo ha permitido detectar irregularidades, sino también verificar el cumplimiento de las medidas antifraude incluidas en el Real Decreto-Ley 8/2023, entre las que se encuentra la prohibición del suministro entre distribuidores. Estos datos resultan esenciales para asegurar un mercado más transparente y competitivo.