La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) ha informado a su flota sobre el inicio de la Campaña de Inspección Concentrada (CIC), una iniciativa conjunta de los memorandos de entendimiento de Tokio y París, que tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de los estándares internacionales en materia laboral en el sector marítimo. Esta campaña, que se llevará a cabo del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2024, se enmarca dentro de lo establecido en el Convenio sobre el Trabajo Marítimo de 2006 (MLC, 2006), en su versión enmendada.
La AMP ha señalado, a través de un Aviso de Marina Mercante, que cada buque de la flota panameña será sometido a una única inspección durante el período de la CIC, la cual coincidirá con la inspección periódica del Estado Rector del Puerto en el que se encuentre la nave. El objetivo principal de esta campaña es evaluar las condiciones laborales de los marinos y verificar que las compañías navieras cumplan con las obligaciones establecidas en el MLC, 2006 y los requisitos del Estado de Abanderamiento.
Entre los aspectos que se examinarán en la CIC se incluyen la revisión del Acuerdo de Empleo de la Gente de Mar (SEA) para confirmar que sus condiciones se ajustan a las disposiciones del MLC, 2006, así como la verificación de que los marinos reciben los pagos correspondientes de acuerdo con su SEA, los convenios colectivos y las normativas internacionales. Además, se comprobará que los buques mantienen vigentes las garantías financieras necesarias, según lo establecido en los convenios internacionales.
En caso de detectar deficiencias durante las inspecciones, el Estado Rector de Puerto tomará las medidas correctivas pertinentes. Estas pueden ir desde la instrucción al capitán para corregir las irregularidades hasta la inmovilización del buque en situaciones de fallas graves.
La AMP ha exhortado a todos los armadores, operadores, tripulaciones y representantes legales de buques de bandera panameña, así como a las Organizaciones Reconocidas de la Marina Mercante de Panamá, a revisar y asegurar el cumplimiento de los estándares establecidos en el MLC, 2006, para evitar cualquier incumplimiento durante la CIC.