La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la convocatoria de subvenciones destinadas a programas de Formación Profesional para el Empleo, con compromiso de contratación, dirigidos a personas trabajadoras desempleadas. En la provincia de Cádiz, se ha asignado un presupuesto de 400.000 euros para estas subvenciones, que se concederán en régimen de concurrencia no competitiva. Las solicitudes pueden presentarse hasta el 30 de septiembre.
El objetivo de este programa es ofrecer formación alineada con las necesidades del mercado laboral y mejorar la competitividad de las empresas. El programa incluye la posibilidad de participación de empresas que se comprometan a contratar al menos al 40% de los alumnos que completen la formación, o de entidades de formación que garanticen este compromiso, ya sea a través de acuerdos con empresas o asumiendo ellas mismas la contratación.
A nivel regional, el presupuesto total de la convocatoria es de 5 millones de euros, con una estimación de 1.335 beneficiarios a través de 88 programas formativos, lo que se traduciría en la contratación de al menos 534 alumnos. Los cursos, que no conducen a certificados profesionales, deberán impartirse de manera presencial y pueden incluir una o varias especialidades formativas.
Los beneficiarios de estos programas deben ser personas desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, sin vínculo laboral con la empresa beneficiaria en los seis meses anteriores a la solicitud, salvo excepciones. El compromiso de contratación debe cubrir al menos al 40% de los participantes, con contratos adecuados a la formación recibida y de una duración mínima de seis meses a tiempo completo o nueve meses a tiempo parcial.
Las empresas interesadas deben presentar una solicitud por programa a través de la Oficina virtual de la Consejería de Empleo. Los gastos subvencionables incluyen tanto costes directos como indirectos de la actividad formativa, con un calendario de pagos dividido en un 50% inicial tras la concesión y el 50% restante tras la justificación final. No podrán optar a estas ayudas las sociedades civiles, comunidades de bienes, agrupaciones temporales de empresas ni entidades sin ánimo de lucro. Además, las empresas deben mantener su plantilla media sin reducciones durante el proceso de concesión de las ayudas.