El Consejo de Administración del Puerto de Barcelona ha sido informado sobre la nueva Ordenanza para la prevención de la contaminación en la zona de servicio del puerto por parte de los barcos. Esta normativa permitirá un control más eficiente de los derrames al medio acuático y de las emisiones de humos negros durante las operaciones de fondeo, maniobras de entrada y salida del puerto, y estancias atracados en muelle. La ordenanza establece los requisitos bajo los cuales los barcos pueden realizar determinadas operativas en el puerto, con el objetivo de reducir su impacto ambiental. El Puerto de Barcelona, líder en la adopción de normativa ambiental en España y Europa, ha destacado que esta ordenanza es mucho más exigente que la normativa vigente, situándolo a la vanguardia de los puertos mundiales en términos de sostenibilidad ambiental.
En cuanto a las emisiones atmosféricas, la ordenanza establece el control de los humos negros generados por los barcos durante su estancia en el puerto. Para ello, se ha aprobado el uso de la Escala de Ringelmann, que permite determinar visualmente el nivel de opacidad de los humos y cuantificarlo en una escala del 0 al 5. La Policía Portuaria será la encargada de realizar estos controles y, en caso de detectar niveles superiores al 2 en la escala de Ringelmann, se levantará un acta administrativa que será enviada al Departamento de Sostenibilidad Ambiental y Transición Energética del Puerto de Barcelona y a la Capitanía Marítima de Barcelona para la correspondiente tramitación y sanción, si procede.
La normativa también incluye la obligatoriedad para los buques que no utilicen combustibles de bajas emisiones, como gas natural licuado, metanol, amoníaco u otros carburantes sintéticos o biocarburantes avanzados, de funcionar con gasóleo marítimo durante las maniobras de entrada y salida y cuando estén atracados en el puerto. Además, los barcos no podrán realizar mantenimiento de motores cuando la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Generalitat de Cataluña haya activado un aviso preventivo de contaminación atmosférica o una declaración de episodio de contaminación atmosférica.
En lo que respecta al medio acuático, la ordenanza regula las condiciones bajo las cuales se pueden realizar operativas en el Puerto de Barcelona, como descargas de aguas de lastre, aguas grises, limpieza de tanques y bodegas, limpieza de partes sumergidas o por encima de la línea de flotación de los barcos, pintado y gestión del agua de mar procedente de los sistemas de limpieza de humos por agua, conocidos como Scrubbers. La mayoría de estas operaciones estarán prohibidas, salvo en los casos en que se garantice que no se producirá un episodio de contaminación de las aguas portuarias.
Finalmente, la ordenanza estipula que su incumplimiento podrá constituir una infracción, en los términos contenidos en la Ley de Puertos.