El sector pesquero europeo, representado por Europêche y la Confederación Española de Pesca (Cepesca), ha expresado su satisfacción ante el acuerdo provisional alcanzado por el Consejo y el Parlamento Europeo. Este reglamento, centrado en la prohibición de la comercialización en la UE de productos elaborados bajo condiciones de violación de derechos humanos y laborales, incluye productos del mar, y busca complementar las políticas de la Unión Europea contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).
El acuerdo surge en respuesta a la preocupante estadística proporcionada por el Consejo de la UE, que indica que unos 27,6 millones de personas en todo el mundo sufren condiciones de trabajo forzoso en diversas industrias. La nueva normativa clarifica las funciones de la Comisión Europea y de las autoridades nacionales competentes en los procedimientos de investigación y toma de decisiones, con el objetivo de combatir esta forma de explotación laboral.
Daniel Voces, director General de Europêche, ha enfatizado que la UE está entrando en una fase decisiva en su lucha contra el trabajo forzoso, incorporando un conjunto de medidas legales destinadas a erradicar la explotación laboral. En este contexto, la flota europea se compromete a cooperar activamente con la Comisión y los Estados miembros para combatir el trabajo forzoso. Voces también destacó que la nueva regulación aumentará la confianza de los consumidores europeos en productos de origen ético y sostenible.
Cepesca recuerda que, en 2023, España importó 23.751 toneladas de lomos de atún sin aranceles, de las cuales el 79% procedían de China, un país conocido por su práctica de pesca INDNR. Es importante señalar que el 70% del pescado consumido en la UE es de importación, con un considerable porcentaje de origen asiático.
Para una implementación efectiva del reglamento, que aún está pendiente de aprobación formal por ambas instituciones, la Comisión Europea desarrollará una base de datos que recogerá información verificable sobre los riesgos del trabajo forzoso. Esta base de datos incluirá informes de organizaciones internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y servirá para evaluar posibles infracciones al reglamento.
El acuerdo también establece criterios explícitos para guiar a la Comisión y a las autoridades nacionales en la evaluación de posibles violaciones, considerando la escala y gravedad del trabajo forzoso sospechado. Asimismo, define quién será la autoridad principal en las investigaciones: la Comisión llevará a cabo investigaciones fuera de la UE, mientras que las autoridades nacionales serán responsables dentro de su propio territorio.