El Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha aprobado un Real Decreto que tiene por objeto la protección del medio ambiente marino de los efectos negativos de las descargas de desechos realizadas por los buques que utilizan los puertos españoles.
Al mismo tiempo, se garantiza el buen funcionamiento del tráfico marítimo mejorando la disponibilidad y la utilización de instalaciones portuarias receptoras adecuadas y la entrega de desechos a dichas instalaciones.
Las disposiciones de este Real Decreto se refieren a todos los desechos de buques, a todo tipo de buques y a todos los puertos españoles, sean estos dependientes de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas.
Una de las principales novedades es que se aplicará también a buques pesqueros y embarcaciones deportivas o de recreo que hagan escala en puertos españoles. Y, además, la norma afecta a todos los puertos, sin perjuicio de excluir de ciertas obligaciones a los puertos pequeños no comerciales.
Se excluye de su aplicación a los desechos pescados de manera no intencionada por los buques pesqueros, distintos de capturas no intencionadas, facilitando su entrega sin coste en instalaciones de recepción de desechos.
Finalmente, mediante esta normativa se regulan también los sistemas de recuperación de costes y tarifas, con un enfoque dirigido a evitar desincentivar la entrega de desechos por cuestiones relacionadas con las mismas.
El Real Decreto traspone a la normativa española la Directiva (UE) 2019/883, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de 2019, relativa a las instalaciones portuarias receptoras a efectos de la entrega de desechos de buques.