La Dirección General de la Marina Mercante ha abierto audiencia pública sobre el proyecto de real decreto por el que se aprueba el reglamento de autorización de entrada y estancia de los buques de las aguas marítimas españolas y del despacho de buques.
Según se recoge en la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, «la Administración marítima española debe llevar a cabo el control de la situación, del registro y del abanderamiento de todos los buques civiles españoles, así como la regulación del despacho, sin perjuicio de las autorizaciones previas que correspondan a otras autoridades (artículo 263.c). A ello se suman las atribuciones relativas a la ordenación y el control del tráfico marítimo en las aguas situadas en zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción (artículo 263.g)».
Por otro lado, «con la finalidad de asegurar el respeto a las normas relativas a la dotación de los buques civiles a efectos de seguridad se encuentran las funciones de registro y control del personal marítimo civil, la composición mínima de las dotaciones, la determinación de las condiciones generales de idoneidad, profesionalidad, y titulación para formar parte de las dotaciones de todos los buques civiles españoles (artículo 263.i). Finalmente, se atribuye al capitán marítimo la función concreta de autorización o prohibición de entrada y salida de buques en aguas situadas en zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, así como el despacho de buques, sin perjuicio de las preceptivas autorizaciones previas que correspondan a otras autoridades (artículo 266.4.a)».
El plazo marcado para hacer las aportaciones que habilitan la participación pública y recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por esta norma finaliza el 17 de marzo de 2021.