El sector de la náutica de recreo española trabaja para minimizar los efectos negativos del Brexit

Importante reto al que se enfrenta, tanto por el impacto económico del turista y residente del Reino Unido para esta actividad, como por la representatividad que la industria británica tiene en nuestro país

ANEN

La Asociación Nacional de Empresas Naúticas (ANEN), como representante del sector náutico empresarial, está inmersa en negociaciones con las administraciones con el objetivo de minimizar los efectos negativos del ‘Brexit’ en la náutica de recreo. La organización ha asegurado que es un importante reto al que se enfrenta el sector náutico, tanto por el impacto económico del turista y residente británico para la actividad de la náutica de recreo en España como por la representatividad que la industria náutica británica tiene en nuestro país.

ANEN ha señalado que las empresas del sector náutico se encuentran ante cambios trascendentes que afectan a sus negocios con la náutica vinculada al Reino Unido. Por ello, la patronal ha preparado una guía con las principales consecuencias del Brexit para la actividad empresarial del sector náutico español.

Respecto a las titulaciones náuticas desde el 1 de enero de este año, de acuerdo con la normativa española en vigor, los ciudadanos británicos pueden gobernar embarcaciones registradas en Reino Unido pero no pueden seguir beneficiándose del reconocimiento de sus títulos náuticos para gobernar embarcaciones de recreo con bandera española, al pasar Reino Unido a ser considerado país tercero.

El mismo supuesto se plantearía también para embarcaciones destinadas al chárter náutico (alquiler). Anen trabaja ya con la Dirección General de Marina Mercante (DGMM) para que se reconozcan las titulaciones náuticas británicas en España.

Respecto al alquiler náutico, la normativa española permite que las embarcaciones destinadas al chárter náutico puedan ostentar tanto bandera española como cualquier bandera los países de la UE, pero desde el 1 de enero, las embarcaciones menores de 14 metros con bandera de Reino Unido no pueden dedicarse a actividades de arrendamiento náutico en aguas españolas.

Para ello, estas embarcaciones deberán cambiar su bandera y optar por un registro marítimo de cualquier país de la UE. Es otro de los puntos en los que Anen trabaja con la administración marítima para encontrar soluciones y favorecer los intereses de esta actividad que cada vez está teniendo mayor protagonismo en el sector náutico.

SITUACIÓN FISCAL. La salida de Reino Unido de la Unión Europea supone, entre otras cuestiones, que los flujos de embarcaciones entre España y Reino Unido dejarán de tener la consideración de operaciones intracomunitarias y pasarán a estar sujetos a formalidades aduaneras.

Con respecto al Impuesto de Matriculación (IEDMT), si quien utiliza la embarcación abanderada en Reino Unido es un residente en dicho país, no devengaría el Impuesto de Matriculación siempre y cuando cumpla las limitaciones establecidas en la norma tributaria.

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