La Asociación de Empresas Estibadoras y Centros Portuarios de Empleo, ANESCO, ha presentado ante el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana un total de nueve propuestas de mejora al Anteproyecto de Ley para la modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
El documento presentado es fruto de la contribución multidisciplinar de los diferentes miembros de los Grupos de Trabajo internos sobre Asuntos Económicos y Asuntos Jurídicos
El documento presentado es fruto de la contribución multidisciplinar de los diferentes miembros de los Grupos de Trabajo internos sobre Asuntos Económicos y Asuntos Jurídicos de ANESCO, y recoge las principales necesidades de las empresas estibadoras en relación con el trámite de consulta pública del Anteproyecto de Ley con el objetivo de consolidar y fomentar la competitividad de los puertos.
En este sentido, la patronal de la estiba ha enumerado sus propuestas de mejora que pasan por la mayor flexibilidad en la determinación de los plazos concesionales; una mayor claridad en los procesos de otorgamiento de las concesiones, mayor proporcionalidad y equivalencia entre las tasas repercutidas a los operadores portuarios y sus costes asociados, destinando los excedentes sobre los objetivos de rentabilidad de las Autoridades Portuarias a reducir tales tasas. Además de una mayor competitividad de las tasas portuarias para poder competir en igualdad de condiciones con otros países, nuevas bonificaciones vinculadas al uso de maquinaria que emplee como fuente las energías renovables, así como un mayor aprovechamiento de la capacidad de patio y la eliminación de tarifas máximas para los prestadores de servicios, en cumplimiento del Reglamento Europeo de servicios portuarios y para permitir el libre funcionamiento del mercado.
Por último, ANESCO propone el establecimiento de procesos participativos de los operadores portuarios en la toma de decisión de las inversiones públicas portuarias a ejecutar por las Autoridades Portuarias, la supresión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a los concesionarios de los puertos para evitar situaciones de duplicidad de gravámenes equivalentes sobre el mismo derecho de los operadores portuarios y una mayor presencia de los operadores portuarios privados en los órganos de gobierno de las Autoridades Portuarias.