Tras la declaración del Estado de Alarma en relación con la pandemia originada por el COVID-19, la Autoridad Portuaria d Valencia no notificará ninguna liquidación y factura a sus clientes. Esta decisión supone, en la práctica, un aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones de tasas portuarias, cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y mientras dure la situación de emergencia, siempre que cumplan los requisitos que se indican en el citado Real Decreto-Ley.
Se recomienda que en las liquidaciones se apuren los plazos máximos dentro del límite legal permitido para llevarlas a cabo. No obstante, las empresas que lo deseen podrán consultar y descargar copia de las liquidaciones, facturas y abonos que la Autoridad Portuaria de Valencia sigue emitiendo, a través de nuestra web mediante el sistema gratuito SICYP (Sistema de Información a Clientes y Proveedores).
Las empresas que todavía no estuviesen dadas de alta en el SICYP podrán remitir un e-mail a recaudacion@valenciaport.com solicitando el alta e indicando el NIF de la sociedad. Posteriormente, recibirán la contestación con la contraseña para poder acceder al referido sistema.
Del mismo modo y a tenor de lo dispuesto en el R.D. 8/2020, los vencimientos entre el 20 de marzo y 21 de abril se posponen hasta el 30 de abril.