En su edición del pasado jueves, 26 de marzo, el Boletín Oficial del Estado recogía la resolución, con fecha de 4 de marzo de 2020, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje, así como su acuerdo de aprobación.
El objeto del mismo es la regulación del otorgamiento de licencias y de la prestación del servicio técnico-náutico de practicaje portuario en el puerto gestionado por la APBA, conforme al Reglamento UE 2017/352 (con la excepción del capítulo II y el artículo 21 que no son de aplicación al servicio de practicaje) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 del texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Se entiende por practicaje el servicio de asesoramiento a capitanes de buques y artefactos flotantes, prestado a bordo de éstos o desde la estación de Prácticos, para facilitar su entrada y salida a puerto y las maniobras náuticas dentro de éste y de los límites geográficos de la zona de practicaje, en condiciones de seguridad y en los términos que se establecen en el artículo 126 del TRLPEMM, en el Reglamento regulador de este servicio y que recoge el citado pliego de prescripciones particulares.
Cabe recordar que el uso del servicio de practicaje es obligatorio en este puerto para los buques con arqueo bruto mayor de 500 GT.