El Colegio de Agentes de Aduanas respalda la idea de que los PIFs sólo dependan de un ministerio

Recuerda que es una demanda que ya planteó en un informe elaborado en el año 2006 y que fue entregado a distintas instituciones y administraciones públicas

EED - PIF

El Colegio de Agentes de Aduanas de Algeciras-La Línea se hace eco de la iniciativa del diputado en Congreso, Javier Cano, para las mejoras del PIF de Algeciras, en relación a la coincidencia de que se comparta la idea de que el PIF dependa de un solo ministerio es una mejora que este organismo viene demandando desde el año 2006 y, como prueba de ello, remiten un informe que se realizó en esa fecha y que desde ese momento está en manos de las distintas autoridades políticas y administrativas que se han ido sucediendo a lo largo de estos 13 años.

Este mismo informe fue de nuevo reiterado a las actuales autoridades en mayo pasado. Según el Colegio, «sería un paso muy importante para la mejora del PIF de Algeciras si todos los grupos políticos apoyaran esta iniciativa y fuera aprobada por el Congreso de los Diputados por el bien común».

El informe es el siguiente:

«La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos, publicada en el BOE de 19 de julio de 2006 y con entrada en vigor el mismo día, establece el marco jurídico para satisfacer las necesidades y demandas ciudadanas, con los niveles de calidad que en estos momentos se demanda por la sociedad y exige un compromiso de los poderes públicos y por ello, la adecuada y eficaz prestación de aquellos servicios públicos cuya gestión corresponde a la Administración General de Estado.

Esta Ley crea una nueva cultura de gestión y de responsabilidad de los resultados de esta gestión, todo ello en aras de una mejora de la calidad de los servicios que den ventajas a los usuarios y contribuyentes.

Dentro de este nuevo espíritu, el legislador trata de mejorar los servicios públicos y de dar satisfacción a los usuarios de los mismos. Hay que entender, que para nuestra profesión esta Ley, es una nueva herramienta, que debe llevarnos a las tan ansiadas mejoras definitivas de los servicios aduaneros y de inspección de los Puestos de Inspección Fronterizos.

Estas mejoras no tienen otro camino que, la unión de todos los servicios, tanto aduaneros como de inspección, bajo una sola Agencia Estatal, ya que en la actualidad cada servicio depende de organismos distintos y el concepto de “ventanilla única”, (algo olvidado en los últimos tiempos), tiene que volver a estar presente. En un Puesto de Inspección Fronterizo, intervienen en los despachos de mercancías, los servicios públicos que se indican y dependiendo de la naturaleza de la mercancía intervienen unos u otros;

SERVICIO PUBLICO                                    ORGANISMO DEPENDIENTE

Dependencia de Aduanas                          Ministerio de Economía y Hacienda

Dependencia de Sanidad Exterior            Ministerio de Sanidad y Consumo y Ministerio de AA.PP.

Dependencia de Sanidad Vegetal             Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Ministerio de                                                                                  AA.PP.

Dependencia de Sanidad Animal              Ministerio de Sanidad Y Consumo y Ministerio de AA.PP. SOIVRE                                                                              Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Puestos de Inspección                               Ministerio de Fomento a través de las Fronterizos Autoridades                                                                                  Portuarias.

Como se puede apreciar hay al menos “SIETE” organismos oficiales distintos, que conlleva además de las duplicidades de controles, a que cada servicio público disponga de procedimientos informáticos diferentes, que no están enlazados entre sí y por tanto obliga a los usuarios de estos servicios a tener que solicitar las inspecciones, independientemente a cada servicio(Entre tres y seis solicitudes para una mercancía), cuando es necesario realizar una inspección para poder proceder a los despachos de mercancías en los puertos y aeropuertos.

Al tener sistemas informáticos y procedimientos distintos estos servicios públicos, trasmiten a su vez a los usuarios de manera individual, por procedimientos informáticos o en formato papel, sus decisiones a las solicitudes de inspección, por lo que nos encontramos nuevamente, con entre tres o seis respuestas a nuestras solicitudes, es decir; una auténtica “Torre de Babel”, en cada Puesto de Inspección Fronterizo y entendemos que de esta manera se pierde dinero y tiempo tanto para la Administración como para los usuarios de los servicios. Por ello, es imprescindible unificar todos los procedimientos en una sola “Aplicación Informática, de Procedimiento y de Gestión”

Otro asunto que nos parece inconcebible, es el pago de las tasas por inspección sanitarias y fitosanitarias, que actualmente no se pueden abonar por medios telemáticos, sino que deben ser ingresadas en los bancos, haciendo las correspondientes y pesadas colas en las cajas, cuando en otras administraciones y por otros conceptos de tributos o tasas, se exige que el pago se realice por sistemas telemáticos. Esto demuestra el retraso informático y de procedimiento de estos servicios, que quedaría solucionado si fuera la AEAT quién recaudara estas tasas sanitarias, como ya recauda los derechos arancelarios, IVA a la importación e impuestos especiales y demás gravámenes en las operaciones de tráfico exterior.

Una vez analizada la situación de modo general, queda demostrado que la organización de estos servicios públicos, tienen que mejorar mucho la calidad de sus servicios, y esta mejora no pude pasar por otro camino que no sea la “UNIFICACIÓN” de todos los servicios bajo un solo organismo y sus sistemas informáticos , de procedimiento y de gestión.

De este modo tendríamos las siguientes ventajas:

– Los usuarios de estos servicios, enviarían una sola vez la solicitud de inspección.

– Los servicios, solo darían una respuesta a los usuarios, ya que internamente entre servicios se comunicarían sus decisiones, antes de la respuesta en común.

– Se dispondría de una sola aplicación informática, donde estarían todos los datos de las operaciones de comercio exterior.

– Se evitarían duplicidades en las inspecciones físicas de las mercancías.

– Se podrían pagar las tasas por vías telemáticas.

– Mayor flexibilidad en la gestión, nivel de autonomía, responsabilidad y control de resultados.

– Ahorro de presupuestos de Estado y de costos a los usuarios.

A tenor del contenido de esta Ley, se podría pensar que la pretensión es crear una nueva Agencia Estatal, como por ejemplo la “AEPIF”, Agencia Estatal de los Puestos de Inspección Fronterizos (la cual no descartamos de plano), pero dentro de nuestra filosofía de ahorro presupuestario y para evitar la elaboración de memorias, proyectos de estatutos, estudios de consecuencias organizativas y económicos-financieras, etc…, sería más ágil y menos costoso ubicar a los PIF’s, dentro de una Agencia Estatal que ya este creada y en pleno funcionamiento.

En esta búsqueda, a nuestro modesto entender creemos que la Agencia Estatal ya creada y que se acondiciona a los nuevos impulsos de calidad de esta Ley y además que ya participa en el proceso de despacho de mercancías, es la AEAT, Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

El motivo de esta elección no es otro que, en las operaciones de mercancías de comercio exterior, estas se encuentran en los recintos aduaneros y las competencias de entrada, salida, manipulaciones, autorización para intervenir otros organismos, etc…, estás atribuidas a las Dependencias de Aduanas, que dependen orgánicamente de la citada AEAT.

Otro argumento de peso es que esta Agencia Estatal y en concreto el Departamento de Aduanas e II.EE., tiene a nivel aduanero las aplicaciones informáticas más avanzadas de la Unión Europea y cada vez se está otorgando a las autoridades aduaneras, mayores competencias, como son; la lucha para la protección de la propiedad intelectual, de marcas, de especies protegidas, de tráficos ilícitos o prohibidos, e incluso como gran novedad tenemos que el proyecto del nuevo Código Aduanero Modernizado que se está elaborando y debatiendo en el seno de la Comisión Europea, le atribuye competencias sobre la seguridad de las personas, en el tráfico exterior de mercancías y sin olvidar que hoy y en el futuro las Aduanas son las que verifican que se han realizado tanto sus propios controles, como los de los demás organismos, antes de que autorice la retirada o salida de las mercancías de los recintos aduaneros.

La idea de que, los inspectores, auxiliares de inspección y demás personal administrativo de los Servicios de Inspección de la actualidad, pasarán a depender una sola Agencia Estatal, llevaría que solo sería necesaria “una única” tramitación e inspección, sea cual sea la naturaleza de la mercancía, actuando lógicamente en cada caso, el inspector y personal cualificado para el tipo de mercancía que se tratase, para cumplir los objetivos inspectores legal y reglamentaria establecidos.

Entendemos desde nuestro modesto punto de vista, que esta propuesta y el modelo de gestión encaja y además a la perfección, con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de 2006, por el que se establece un Plan de Medidas para la Mejora de los Servicios de Sanidad Exterior, (BOE nº 91 de 17 de abril de 2006) y que podría ser extensible a todo el ámbito de servicios de los Puestos de Inspección Fronterizos. para que este se puede llevar a cabo de una manera razonable y con sentido común, aprovechando este modo los recursos humanos y materiales de los que en la actualidad se disponen y que normalmente son escasos de presupuesto.

Es nuestro deseo colaborar con las Instituciones y las Administraciones del Estado, para que los recursos de la Administración, puedan dar respuesta a las necesidades de los usuarios de los Puestos de Inspección Fronterizos.

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