El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que actualiza la normativa relativa a la consignación de buques para mejorar el tráfico comercial marítimo en España, con el que pretende “dotar de mayor transparencia y aclarar las obligaciones de los consignatarios, así como la forma de dar cumplimiento a las mismas”.
La normativa persigue dotar de mayor transparencia y aclarar las obligaciones de los consignatarios, así como la forma de dar cumplimiento a las mismas. El director de la Asociación Española de Consignatarios de Buques (Asecob), Julio Carrasco, ha manifestado que está “muy contento” por su firma, a pesar de que “ha tenido un desarrollo más largo del previsto”. No obstante, Carrasco ha informado de que la asociación está a la espera de que se publique para comprobar las posibles modificaciones que se hayan podido introducir.
A tal efecto crea un registro de agentes consignatarios, de carácter público y administrativo, que se constituirá como una base de datos informatizada y accesible a armadores y navieros y mejorará además el control del cumplimiento de las obligaciones por parte de las Administraciones Marítimas y Portuarias.
La ley dota además de mayor transparencia a las obligaciones de los consignatarios, una figura que se ha consagrado como una de las piezas fundamentales para el buen desarrollo del negocio marítimo, aclarando también sus funciones y su forma de funcionamiento.
Su misión se centra en el desarrollo de las gestiones que requiere un buque en puerto, actuando en nombre del armador o naviero, siendo obligatoria su presencia en el caso de buques extranjeros y para buques españoles en aquéllos casos en que el armador o naviero no disponga de medios en el puerto en cuestión.
Según Fomento, este real decreto se traducirá, por otra parte, en un mejor servicio de los agentes consignatarios, que redundará en una mejora del tráfico marítimo y de su seguridad.