La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha incoado un expediente sancionador a las partes firmantes del “Acuerdo de Estabilidad en el empleo para la actividad del amarre y desamarre de buques en el Puerto Bahía de Algeciras», a raíz de la información remitida por Puertos del Estado, la cual llevó a la CNMC a iniciar una investigación en la que se han observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la normativa de competencia.
Así, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 15/2007, de 3 de Julio, de Defensa de la Competencia, ha acordado la incoación del expediente a la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras, la Unión General de Trabajadores-Servicios de Movilidad y Consumo, el Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español, la Asociación de Empresas de Servicios de la Bahía de Algeciras (AESBA), y la Confederación de Empresarios de la provincia de Cádiz (CEC), por una presunta infracción del artículo 1 de la LDC y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Además, la CNMC recuerda a las partes el “deber de reserva y confidencialidad” al que están obligadas de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia. Tal obligación de discreción está dirigida a proteger el proceso de investigación y de resolución del expediente sancionador.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.