La organización empresarial ANESCO ha alcanzado un acuerdo con las organizaciones sindicales más representativas del sector de la estiba (CETM, UGT, CCOO y CIG) para incluir en el convenio sectorial estatal los principios por los que se debe regir el ofrecimiento de la subrogación a los trabajadores de la SAGEP, por aquellas empresas que voluntariamente opten por su separación de estas sociedades.
Este acuerdo se ha alcanzado en el seno de la comisión negociadora estatal del sector de la estiba, compuesta por las organizaciones legitimadas para pactar los convenios de este ámbito, según lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores. El nuevo texto convenido ha sido presentado ante la autoridad laboral, solicitándose que acuerde su inscripción y publicación.
La estipulación pactada contiene, como principio básico, la garantía de que el ejercicio del derecho de separación de cualquier socio de las SAGEP se produzca dentro de la más estricta neutralidad en relación con la situación anterior a la separación y evitando, en particular, que la posición competitiva de las empresas que ejerzan dicho derecho se vea perjudicada tras su separación.
Para ello, el convenio sectorial estatal fijará unos criterios generales basados en la distribución por categorías y especialidades en función de las empleadas por la empresa separada de la SAGEP durante los doce meses anteriores a la fecha de la comunicación de separación. Asimismo, la aceptación de la oferta será voluntaria para los trabajadores y, en el caso de que el número de voluntarios sea superior al de puestos a cubrir por cada categoría y especialidad, tendrá preferencia, alternativamente, el de mayor y menor antigüedad en la SAGEP.
Una vez fijados en el convenio sectorial estatal estos criterios generales, corresponde a cada ámbito local de negociación determinar el sistema de asignación que emplearán. En todo caso, se deberá respetar estrictamente el mencionado principio de neutralidad en relación con la situación anterior, tanto de la empresa que haya optado por su separación de la SAGEP como de aquellas otras que no lo hayan decidido así.
Tras la aprobación del Real Decreto-ley 8/2017, de 12 de mayo, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, la comisión negociadora del convenio estatal acordó, el pasado mes de julio de 2017, incluir una disposición adicional en el “IV Acuerdo Marco para la regulación de las relaciones laborales en el sector de la estiba”, definiendo la denominada subrogación convencional. Esta cláusula, incorporada al acuerdo marco mediante su publicación en el BOE de 18 de julio de 2017, establecía que el sistema de asignación de trabajadores a cada empresa se pactaría en el ámbito estatal. Por este motivo, se ha alcanzado ahora en la propia comisión negociadora un nuevo acuerdo en desarrollo de lo anterior.
ANESCO valora positivamente estos acuerdos que facilitan la necesaria estabilidad del sector de la estiba. Asimismo, en esta línea, la asociación de empresas estibadoras continuará trabajando, en el ámbito de la negociación colectiva, con los objetivos de mejora de la competitividad de los puertos españoles y estabilidad en el empleo.
Finalmente, ANESCO también informa que junto con lo anterior se han presentado ante la autoridad laboral, otros dos acuerdos adoptados por la comisión negociadora para la adhesión al “IV Acuerdo Nacional de Formación” y en materia de régimen económico de la comisión paritaria sectorial estatal.